La Administración podría cambiar las funciones y el destino de profesores de la pública
El texto legal blinda las subvenciones a los colegios que separan por sexo
Las líneas generales de la reforma educativa que presentó a finales de junio el Ministerio de Educación (con numerosas críticas desde algunos sectores) están presentes en el borrador de anteproyecto, al que ha tenido acceso este periódico: adelanto de itinerarios distintos hacia la FP o el bachillerato, “racionalización” del currículo o pruebas externas de reválida. Sin embargo, contiene alguna rectificación y alguna sorpresa. A todos los seguidores de este blo y a todos los estudiosis de las ciencias de la educación y de la realidad educativa internacional les dejamos los los principales puntos:
Funciones distintas. La secretaria de Estado de Educación, Montserrat Gomendio, adelantó el pasado martes que la ley se flexibilizará para poder “reordenar” los recursos humanos en la pública, es decir, los profesores funcionarios. El texto dice que el Gobierno establecerá las condiciones bajo las que, durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor de la ley, las Administraciones, “por necesidades de servicio o funcionales, puedan asignar el desempeño de funciones en una etapa o, en su caso, enseñanzas asignadas a su cuerpo con carácter general, al personal funcionario”. Esto no solo significa posibles movimientos de docentes de un tipo de asignaturas a otras (la ley también contempla la idea de dar más peso a Lengua, Matemáticas y Ciencias en detrimento de otras materias), o entre primaria, secundaria, o FP. Además, abre la puerta a transferir, por ejemplo, a profesores de las escuelas oficiales de idiomas a los institutos.
Formación Profesional Básica. El adelantamiento de itinerarios es otra de las señas de identidad del proyecto. Se crea un nuevo ciclo de FP al que se accederá a los 15 años, si los profesores consideran que no va bien y las familias lo aceptan. Se llamará Formación Profesional Básica y sustituirá a los actuales Programas de Cualificación Profesional Inicial. La diferencia con estos es que no ofrecerán la posibilidad de sacarse el título de ESO ni darán acceso directo a la FP de grado medio: habrá que hacer un examen para ello. Eso sí, dará acceso a un nuevo título de FP básica que crea ley. En todo caso, la redacción da a entender que será un recurso que se puede generalizar, dejando de ser una opción muy excepcional, como eran hasta ahora los programas de cualificación, para alumnos al borde del fracaso con los que antes no ha funcionado ninguna otra medida de apoyo. La propuesta de condiciones de acceso es: tener 15 años y haber terminado tercero de ESO “sin alcanzar los resultados que les permitan promocionar al cuarto” o “haber cursado segundo”, “habiendo repetido alguna vez”.
Las comunidades también podrán “trasladar al personal funcionario a centros educativos distintos al de su destino”, y les podrán obligar a hacerlo, excepcionalmente, aunque ello implique cambiar de residencia: “El personal funcionario tendrá derecho a las indemnizaciones establecidas reglamentariamente para los traslados forzosos”.
Evaluación final de Educación Primaria. La evaluación externa al final de primaria no será una reválida, pues no condicionará si los alumnos repiten o no, como al principio proponía el Gobierno. Al final de la ESO (16 años), para conseguir el título habrá que aprobar la reválida. Será un examen externo al centro, distinto si lo que se quiere es hacer bachillerato o FP. Se podrán presentar al examen los alumnos que hayan suspendido hasta dos materias en 4º: si lo aprueban, tendrán el título y podrán seguir estudiando. En bachillerato, se recupera el esquema de la LOCE de 2002. Para obtener el título de bachillerato y poder acceder a la Universidad hay que aprobar la reválida. Las universidades podrán hacer pruebas de acceso para cada carrera si lo desean. En este caso, la prueba solo podrá contar el 40% de la nota final de admisión; el otro 60% será la nota del bachillerato.
Ciencias aplicadas. Los itinerarios hacia el bachillerato o la FP se adelantan tímidamente a tercero de ESO (se empieza con 14 años), con solo una asignatura de modalidad y con Matemáticas enfocadas a una u otra vía. En cuarto (15 años) tendrán cuatro asignaturas comunes: Educación Física, Lengua (y Lengua cooficial si la hubiere), Lengua Extranjera y Matemáticas (los dos tipos), dos de modalidad y una optativa. Las de la vía académica son Física y Química y Biología y Geología; o Geografía e Historia y Latín; y las de FP, Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional, y Tecnologías de la Información y la Comunicaciónn.
La ley dice que los alumnos podrán cambiar de opinión, que una vía no cierra la otra, pero lo cierto es que una reválida distinta si se quiere estudiar FP o bachillerato hará prácticamente imposible ese cambio de idea. Al final, en el título “deberá constar la opción” por la que se realizó la evaluación final.
Educación diferenciada. Tras las recientes sentencias del Supremo que argumentan que los colegios que separan por sexo no pueden recibir subvenciones, el nuevo texto legal deja el apartado 3 del artículo 84 de la LOE sobre admisión de alumnos en centros públicos y concertados así: “En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Lo dispuesto en el párrafo anterior no será obstáculo para que los centros de educación diferenciada por sexos puedan suscribir los conciertos [...], siempre que la enseñanza que impartan se desarrolle conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención [de la Unesco] relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza de 14 de 1960".
Fuente:
El País (España)
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