viernes, 29 de mayo de 2020

SOBRE EL DINERO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO


Según la RVM 179-2020 MINEDU la adquisición del Kit de Higiene tiene como plazo el 15 de Mayo 2020
Teniendo en cuenta el literal f del numeral 6.1.1 de la RVM 179-2020 MINEDU y el artículo 2 del D.S 083-2020-PCM que prorroga el estado de emergencia nacional y que explicita:
Modifíquese el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, precisado por Decreto Supremo Nº 046-2020-PCM y modificado por Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, 053-2020-PCM, 058-2020-PCM, 063-2020-PCM, 064-2020-PCM y 072-2020-PCM, que queda redactado de la siguiente manera: 4.1 Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional y la cuarentena, las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a los siguientes servicios esenciales: (…)
Cumplo de esta manera en informar que no es posible el retiro del dinero de la cuenta asignada a mi Institución. Asimismo, recuerdo que, por encima de cualquier disposición del sector, se encuentra la Constitución Política del Perú, en cuyo artículo 2, se prioriza el derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar, por encima de cualquier obligación.
Que opinan maestros y directores


No hay comentarios:

Publicar un comentario