domingo, 2 de junio de 2013

OIT considera desequilibrado el proyecto del Servicio Civil

Advertencia


Pendiente. Este proyecto podría aprobarse en la presente legislatura, sin embargo los trabajadores públicos exigen mayor análisis técnico.
Pendiente. Este proyecto podría aprobarse en la presente legislatura, sin embargo los trabajadores públicos exigen mayor análisis técnico.
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Organización Internacional del Trabajo remite informe técnico a la PCM, Congreso, MTPE y Servir que advierte de las carencias del proyecto del Ejecutivo en perjuicio de los trabajadores estatales.
Carlos Bessombes B.
 
Un nuevo reparo, antes de su aprobación en el Congreso de la República, encuentra la gran reforma laboral del sector público emprendida por la administración de Ollanta Humala.
 
Esta vez la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a través de un documento técnico enviado desde su sede en Ginebra, advierte que encuentra desequilibrado el proyecto de Ley del Servicio Civil (Ley 1846/2012).
 
La opinión técnica, formulada por el departamento de Normas y el Departamento de Gobernanza y Tripartismo de la OIT, precisa que "por la naturaleza de la iniciativa de ley,sugiere realizar las consultas oportunas con los actores sociales".
 
En esa línea, precisa que, cuando se prevé adoptar una modificación en el ámbito de la legislación del trabajo o en la función pública, es importante realizar una consulta previa, franca y sin trabas con las organizaciones de trabajadores y de empleadores.
 
Las bases sindicales locales han advertido, desde que se hizo público este proyecto de ley, que no se les convocó con el fin de tener un documento consensuado. Recientemente la Comisión de Trabajo del Congreso sí ha recogido la voz de los sindicatos, que estaría expresada en el predictamen de esa Comisión.
 
La OIT señala que el texto en cuestión traduce un cierto desequilibrio en la orientación de la ley considerando, de una parte, las necesidades y funciones de la Administración, y de la otra, los derechos de los funcionarios.
 
DERECHOS COLECTIVOS
 
De acuerdo con el tenor del Título V del proyecto sobre los Derechos Colectivos, confirma que no pareciera suficientemente balanceado el proyecto para atender, igualmente y además de otros objetivos,  los derechos de libertad sindical de los servidores públicos.
 
Más bien, señala el estudio, pudiera sostener que, en relación con este tópico, la orientación del proyecto es en buena medida restrictiva.
 
En esa línea, la OIT sugiere que en el texto del proyecto se  establezca como obligación de la Administración respetar las disposiciones de los Convenios de la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva ratificados por el Perú, así como de los convenios directamente vinculados que pudieran ratificarse, respecto a la protección de los servidores públicos contra los actos de discriminación antisindical e injerencia del empleador en las organizaciones sindicales.
 
CUESTIONA EVALUACIÓN
 
La OIT precisa además que en el artículo sobre la evaluación para ingresar al Servicio Civil (Art. 78), las entidades solo podrán calificar como personal de rendimiento distinguido hasta el 10% de los servidores civiles en cada evaluación.
 
Por ello, sostiene que convendría reevaluarlo porque si ocurriese que, como resultado de la evaluación, los que merecerían el reconocimiento de personal de rendimiento distinguido superasen ese porcentaje, se les estaría discriminando y se distorsionaría quizás el sentido del sistema de evaluación.
La opinión de la OIT ha sido remitida al Congreso de la República en atención a la solicitud recibida de la Comisión de Trabajo y de la Bancada de Acción Popular-Frente Amplio.
 
Una copia ha sido enviada a la ministra de Trabajo, Nancy Laos, al presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez, y al presidente Ejecutivo de Servir, Juan Carlos Cortés.

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