miércoles, 20 de octubre de 2010

Ley 29062 de CPM esta Desfinanciada y Enjuiciada


Conozca lo que en realidad debería ganar un maestro de la Ley del Profesorado


Incorporarse a la Ley 29062 de CPM ¡No es una broma, o una academia! ¡ES UN VIAJE SIN RETORNO, el gobierno te obsequia el boleto de ida y no existe el boleto de regreso.

El año 1991 Fujimori firmó con el FMI y el BANCO MUNDIAL “NUEVO CONTRATO SOCIAL CON EL PERU” un plan de gobierno hasta el 2021 que contempla la PRIVATIZACION DE LA EDUCACION PÚBLICA, LA SALUD, LA SEGURIDAD SOCIAL, etc. Para esto, impuso la nefasta Constitución fujimorista de 1993, que permite arrancarle al pueblo sus derechos fundamentales. Con este objetivo el 2003 se aprobó la LEY DE EDUCACIÓN 28044 (Art.2 Considera Educación como SERVICIO PÚBLICO); EL PROYECTO EDUCATIVO NACIONAL AL 2021 sustento de Ley 29062 de CPM, de la Municipalización de Educación; el SINEACE (Evaluación y certificación de la calidad educativa); LEY 28988; EL COLEGIO DE PROFESORES; LEY 29510 (liberaliza profesión docente); RACIONALIZACION; EL SUPP (planillas). Experimentos: PLANCAD, PLANGET, EVAL. CENSAL, PRONAFCAP, REDES y PELA.

El gobierno de Toledo desarrolló este negro plan y ahora, el gobierno aprista pro imperialista represivo y vende patria lo impulsa más aplicándolo a pie juntillas. Para el próximo gobierno por estrategia, debemos evaluar que posiciones cercanas a los trabajadores y al pueblo existen. ¡Nada con la derecha que es nuestro verdugo y en elecciones engatusa para continuar oprimiendo a los trabajadores, a nuestro pueblo!

¿QUÉ HACER EN EL SUTEP? ES NECESARIO COMPRENDER QUE UN SINDICATO SE CONSTRUYE Y DESARROLLA EN MEDIO DE LUCHA DE IDEAS. HAY PROBLEMAS Y LIMITACIONES, nos falta mayor forja y preparación teórica en lo político- ideológico y económico. Si bien lo principal es lo avanzado, reconocer que hay errores que están entrabando y entorpeciendo el desarrollo, es necesario luchar por la unidad y no por la escisión. Resolver los problemas aplicando principios: la CRITICA Y AUTOCRITICA. La Derecha busca dividirnos y destruirnos. No lo permitiremos. ¡Siempre de pie!

¿QUÉ HACER CON LA CAMPAÑA MILLONARIA Y ENGAÑOSA DEL GOBIERNO Y DE AQUELLOS PROFESORES QUE AHORA GANAN MAS?

Abrir debate en nuestro colegio y en lucha de ideas con argumentos, pesar en la balanza ¿Qué es más importante? ¿El dinero, que es el anzuelo o la estabilidad laboral? DECIDIDOS a defender la EDUCACION PUBLICA COMO DERECHO FUNDAMENTAL DEL PUEBLO Y NUESTROS DERECHOS LABORALES COMO LA ESTABILIDAD LABORAL. ¡No desesperarse! Combatir ideas erróneas, ¡EL GOBIERNO APRISTA ESTA DE SALIDA!¡FORJÉMONOS PARA LAS FUTURAS JORNADAS POR VENIR!


¡NO AL SUICIDIO LABORAL!


¡COMPARA!
LEY DEL PROFESORADO Nº 24029, 25212, DS 19-90-ED
LEY DE CARRERA PUBLICA M. Nº 29062, DS 003-2008-ED


ALCANCE
LEY DEL PROFESORADO Nº 24029, 25212, DS 19-90-ED
Profesores de IE públicas, convenio, privadas, Programas, cesantes y jub. Aux. de Educ, etc. (art. 2 )
LEY DE CARRERA PUBLICA M. Nº 29062, DS 003-2008-ED
Sólo Prof. de IE públicas y convenios

(art. 2)


ESTABILIDAD LABORAL
LEY DEL PROFESORADO Nº 24029, 25212, DS 19-90-ED
En la plaza, nivel, cargo, lugar y centro de trabajo (el reglamento incluye el turno) (art. 13º- a)
LEY DE CARRERA PUBLICA M. Nº 29062, DS 003-2008-ED
Flexible, SE PIERDE AL DESAPROBAR LA TERCERA EVALUACIÓN, sin posibilidad de reingreso (Art.65) Muerte civil, laboral.


REMUNERACION
LEY DEL PROFESORADO Nº 24029, 25212, DS 19-90-ED
Reajustable con el costo de vida. (art. 13º, inc. b)
LEY DE CARRERA PUBLICA M. Nº 29062, DS 003-2008-ED
De acuerdo al Nivel Magisterial (art. 31-b). Prefijada por ley. No hay aumentos. No puede reclamar legal ni sindicalmente

REMUNERAC. POR ENFERMED DEGENERATIVA, O INCAPACIDAD
LEY DEL PROFESORADO Nº 24029, 25212, DS 19-90-ED
Derecho al goce íntegro de sus remuneraciones si han sido contraídas en servicio o con ocasión del mismo. (art. 50)
¡Eliminado este derecho!
LEY DE CARRERA PUBLICA M. Nº 29062, DS 003-2008-ED
Si padece enfermedad infectocontagiosa es inhabilitado (art. 62-a) ¡agravio! ¿Quién está libre de Cáncer o Accidente?


LICENCIAS CON GOCE DE HABER
LEY DEL PROFESORADO Nº 24029, 25212, DS 19-90-ED
3 días al año+ 1 día por onomástico

Por salud, enfermedad, accidente, fallecimiento fam. becas, Sust. tesis, grados, etc. (art. 48 al 62)
Eliminado los 3 días al año y 1 día por onomástico+ sustent. de tesis y grados.

LEY DE CARRERA PUBLICA M. Nº 29062, DS 003-2008-ED
Sólo Lic. salud, siniestros, fallec.fam, becas, ¿Enferm. profesional? etc. (art. 61)



¡LA LEY Nº 29062 DE CPM ESTA DESFINANCIADA Y ENJUICIADA!

LEY DESFINANCIADA: El 2009, 6,694 docentes (de 300 mil nombrados) se incorporaron a la Ley 29062 de CPM a los niveles II, III,IV y V y con DS 203-2009-EF se financió el pago diferencial, sólo desde setiembre a diciembre del 2009. Este año 2010 con DS 122-2010-EF del 03 de junio y el DS 158-2010-EF del 22 de julio ¡Recién se autorizó y financió el pago diferencial de la ley 29062 ( De incorporados y nombrados) y sólo por este año 2010. No es un presupuesto definitivo ¿Y el 2011?. Entonces, ¿Con qué presupuesto la DRSET les pagó puntualmente el sueldo desde enero hasta mayo del 2010?¿Quién autorizó?. Hay reclamos: No pagan encargaturas de Dirección a Prof. contratados y algunos nombrados; No pagan Maestrías; No pagarían puntualmente a ESSALUD, AFP; No pagarían sentencias Judic. Por 20,25,30 años; sepelio y luto; No contratarían en licencias por salud de 1 mes ¿Estuvieron haciendo caja?. Existiendo problemas de financiamiento el MED continúa convocando para deshacerse del magisterio. Ley 29062 Art. 65 desaprueba 3ª Evaluación los retiran definitivamente del trabajo.

LEY ENJUICIADA: Las bases del CONARE SUTEP hemos apelado y denunciado la Ley 29062 de CPM ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que fue admitida con fecha 16 de marzo- 2010 convencidos que allí ganaremos. Mientras la Dirigencia usurpadora del CEN DEL SUTEP no dice nada y sólo está preocupado por la administración de la DERRAMA MAGISTERIAL y capturar el CPPe.


¡SIEMPRE DE PIE, JAMAS DE RODILLAS!


Fuente: Sute Regional de Tacna

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